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Ángel Rondón demandará al Estado por caso Odebrecht

Subido por: Empirico News   20/02/2026

Aseguró que, tras la confirmación de su absolución por parte del TC, se siente “muy bien”.

 

El empresario Ángel Rondón informó este viernes que interpondrá una demanda contra el Estado dominicano por los daños ocasionados a su persona tras su vinculación al caso Odebrecht, realizada por el Ministerio Público, y anunció que los recursos que se recauden serán donados a una institución dedicada al tratamiento del cáncer.


“Mira, eso yo lo he estado pensando desde que la Suprema Corte de Justicia nos absolvió. No hay duda, porque el calvario que nosotros pasamos ahí no hay precio. Lógicamente, yo no voy a demandar por asuntos económicos para mí, porque resulta que eso te lo voy a donar a una institución de cáncer, porque mi hijo falleció producto de un cáncer y sufrió este juicio peor que yo”, manifestó Rondón al ser preguntado cuál sería su próximo paso, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara el recurso de revisión constitucional interpuesto por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que lo absolvió.


Agregó que su decisión también busca no permitir que el órgano persecutor siga actuando contra personas con pruebas que, según afirmó, nunca entregan.


“No podemos permitir que el Ministerio Público siga actuando de las pruebas que nunca las entreguen. Entonces, como decía ahorita, alguien tiene que ponerle fin a esas situaciones”, enfatizó el empresario.


Continuó: “Yo creía antes que el Ministerio Público y los jueces eran lo mismo, porque en una ocasión todos los fiscales salieron por la puerta que los jueces salían; es decir, subieron al podio de los jueces y salieron por atrás. Me imagino que estaban felicitando a los jueces, los fiscales felicitando a los jueces por la decisión que dieron en contra de nosotros”.


Ángel Rondón, además, aseguró que, tras la confirmación de su absolución por parte del TC, se siente “muy bien”.


Las declaraciones de Rondón fueron ofrecidas durante una entrevista, vía telefónica, realizada por los panelistas del programa radial El Sol de la Mañana.

 

Sobre la sentencia


La decisión del Tribunal Constitucional (TC) también favoreció al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, quien junto a Rondón fue de los únicos condenados en primera instancia por los más de 92 millones de dólares en sobornos que la compañía extranjera admitió haber pagado en la República Dominicana.


La sentencia recurrida en revisión por la PEPCA es la número SCJ-SS-24-0969, emitida el 9 de agosto del 2024 por la segunda sala de la SC, mediante la cual revocó las sentencias previas que condenaban a Rondón a 8 años de por soborno y lavado de activos; y a Díaz Rúa, a 5 años de prisión por enriquecimiento ilícito y lavado de activos, por no existir pruebas suficientes para sustentar las acusaciones del Ministerio Público.


Ante el resultado adverso que tuvo en la SCJ donde procuraba el aumento de las penas impuestas a ambos imputados, el órgano de persecución recurrió al TC para que revisara los hechos e hiciera una valoración de las pruebas, y dictara su propia decisión.


En su recurso de revisión constitucional la Pepca alega que la segunda sala de la SCJ violentó las normas del debido proceso y la tutela judicial efectiva, “al fallar como lo hizo desconociendo los criterios y precedentes vinculantes de este Tribunal Constitucional, variando su criterio jurisprudencial sin razón alguna, desconociendo el ordenamiento jurídico aplicable al respecto y en consecuencia, desnaturalizando el recurso de casación”.


Colige el TC, que al serle rechazadas sus pretensiones, la Pepca ahora ataca la actuación de la Corte de Casación, cuando ella también pretendía el mismo procedimiento “solo que con la finalidad de agravar la pena de los imputados (solicitando a la Corte de Casación dictar directamente sentencia sobre la base de los hechos y pruebas sustentados en su recurso de casación”.


Agregó que ante el resultado adverso, solicitó al TC que revise hechos y valoración de pruebas “lo cual - como reiteramos en los párrafos 10.8 y 10.9 de esta sentencia—, está vedado a este Tribunal Constitucional en virtud de lo dispuesto en la Ley núm.137-11, razón por la que procedemos a rechazar el indicado motivo.


El TC afirma no haber advertido en la sentencia de la segunda sala de la Corte Suprema la existencia de violaciones alegadas por la Pepca.


Resalta que lo consignado por el TC en las motivaciones de la sentencia de marras, denota que el accionar de la segunda sala de la SCJ fue conforme a derecho y que, además, “realizó una interpretación a favor del titular del derecho en lo relacionado a los elementos constitutivos del tipo penal, la falta de estatuir y la inexistencia del delito precedente de enriquecimiento injustificado, definido en el numeral 11 de la Ley núm. 155-17, sobre Lavado de Activos.


Con esos y otros argumentos legales, el TC decidió, en cuanto al fondo, rechazar el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la PEPCA, contra la Sentencia núm. SCJ-SS-24-0969, dictada por la Segunda Sala de la SCJ del 31 de julio del 2024, y y en consecuencia, confirmar la misma.


La sentencia de la alta corte es la número TC/0054/26, aprobada y firmada en la sesión del Pleno del 4 de febrero en curso, por Miguel Valera Montero, primer sustituto, en funciones de presidente; y los jueces titulares José Alejandro Ayuso, Fidias Federico Aristy Payano, Sonia Díaz Inoa, Army Ferreira, Domingo Gil, Amaury A. Reyes Torres, María del Carmen Santana de Cabrera, y José Alejandro Vargas Guerrero.

 

 

Información publicada en: Ángel Rondón demandará al Estado por caso Odebrecht: esto hará con la indemnización

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