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Senado aprueba en primera lectura con modificaciones, el Proyecto de Ley de Contrataciones Públicas

Subido por: Empirico News   18/07/2025

La iniciativa remitida por la Cámara de Diputados, busca fortalecer la transparencia, modernizar los procesos y garantizar el uso eficiente de los fondos públicos mediante la creación del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas.

 


SANTO DOMINGO. El Pleno del Senado aprobó en primera lectura con modificaciones, el Proyecto de Ley de Contrataciones Públicas, una iniciativa remitida por la Cámara de Diputados.

 

La propuesta legislativa fue sometida por los diputados Franklin Ramírez de los Santos, Dilenia Altagracia Santos Muñoz, Gabriela María Abreu Santos y María de los Ángeles Rodríguez Bonseñor.

 

Esta normativa establece un régimen jurídico de las contrataciones públicas mediante la determinación de los órganos, principios, procedimientos y reglas que le son aplicados, a los fines de garantizar una eficiente utilización de los fondos públicos y una mayor satisfacción de las utilidades de interés general y de los derechos fundamentales de las personas, aplicando de manera transversal, criterios que aseguren el desarrollo sostenible y fomenten el uso de la tecnología.

 

El propósito de este proyecto de ley es fortalecer la facultad regulatoria del organismo rector, a la vez que extiende el alcance, capacidad de los controles para obtener una máxima transparencia.

 

La propuesta contempla la creación del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, bajo la rectoría de la Dirección General de Contrataciones Públicas, la cual estará organizada en función de la técnica de centralización de las políticas y normas, así como de la técnica de descentralización de la gestión.

 

En lo adelante, en esta pieza legislativa figuran los convenios marco, que son los acuerdos resultantes del procedimiento de selección de proveedores, identificación de fuentes para la aplicación de la ley, que incluye asignación de recursos y tasas por servicios, reglamentación complementaria, inhabilidades para contratar, porcentajes permitidos para la contratación, y umbrales topes para la contratación.

 

Además, establece la ejecución completa o parcial, a través de los medios electrónicos, para las actuaciones de las instituciones contratantes, oferentes y proveedores, tales como convocatorias, presentación de propuestas, entre otras.

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